Además, las trabajadoras podrán transferir hasta cinco de las siete semanas de descanso previas para después del parto, previa autorización de su médico.
En caso de que el bebé haya nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta 14 semanas posteriores al parto, previa presentación del certificado médico correspondiente.
La modificación a la norma fue aprobada en consonancia con el convenio C-183 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en el cual se reconoce una la licencia laboral de mínimo 14 semanas de incapacidad.
En las consideraciones del dictamen se destaca que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) advirtió que la carga presupuestal por la ampliación de los días de incapacidad podría representar 4,892 millones de pesos.