*Son ya casi 20 años desde que se iniciaron los primeros esfuerzos del Poder Judicial para iniciar con el servicio de mediación, y 16 años desde que surgió legalmente el Centro de Mediación (2004).

Redacción.-

Fortalecer la justicia alternativa, es uno de los ejes rectores del Plan de trabajo de la Presidencia del Supremo Tribunal de Justicia, por lo que se han impulsado acciones para ampliar el servicio de mediación, siendo éste un aliado de la función jurisdiccional, al ser una alternativa antes de un juicio y durante el mismo, para solucionar el conflicto a través del diálogo y el entendimiento, permitiendo que ambas partes construyan un acuerdo benéfico, atendiendo a sus necesidades y posibilidades, con el apoyo de un facilitador/a, que se distingue por su resiliencia, flexibilidad y creatividad .

La gestión del conflicto a través de los mecanismos alternativos de solución de controversias, como la mediación, es fundamental para contribuir a la no violencia en Aguascalientes; por ello desde la administración que encabeza la Magistrada Presidenta Gabriela Espinosa Castorena se continuará impulsando la justicia alternativa, para incrementar el número de convenios que en el año anterior, fueron 1,467 en materia familiar, civil y mercantil, con una efectividad del 77.1%

Para este año 2021, se certificaron 71 profesionistas, quienes refrendaron el cumplimiento de los requisitos que señala el artículo 9º de la Ley de Mediación y Conciliación del Estado de Aguascalientes, y exhibieron constancia que validó haber realizado 25 horas de capacitación en mecanismos alternativos de solución de controversias durante el año 2020, así como manifestación bajo protesta de decir verdad de no haber sido condenados por delito doloso por sentencia que haya causado ejecutoria.

En cumplimiento al artículo 21 de la Ley de Mediación y Conciliación del Estado de Aguascalientes, el pasado 18 de enero del año en curso, se publicó el listado en el Periódico Oficial y puede ser consultada en: http://189.206.207.232:85/…/Listas/Periodico_Oficial.pdf