· La resolución del juicio de amparo ordena que la Magistrada permanezca en su encargo y que el Congreso del Estado emita inmediatamente un decreto en el que se ordene su ratificación.

Redacción.-

El Juzgado Quinto de Distrito emitió sentencia definitiva en el juicio de amparo 822/2020 promovido por la Magistrada Presidenta del Supremo Tribunal de Justicia, Gabriela Espinosa Castorena en contra del decreto expedido por el Congreso del Estado que ordenaba su no permanencia como Magistrada del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.

En la resolución definitiva del juicio de garantías, la autoridad federal AMPARA y PROTEGE a la Magistrada Gabriela Espinosa Castorena contra los actos que reclama de las autoridades responsables y ordena, en reconocimiento a sus atributos como juzgadora y anulando todos y cada uno de los argumentos del Congreso Local para negar la ratificación de la Magistrada, determinando textualmente: “El Congreso del Estado y la Comisión de Justicia dejen sin efectos el Decreto número 417 y el Dictamen en que se consideró improcedente la ratificación y/o relección de la quejosa Gabriela Espinosa Castorena, como Magistrada del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Aguascalientes, publicado en el Periódico Oficial del Estado el dieciocho de noviembre de 2020, y en su lugar, se emita otro decreto en el que se ordene su ratificación”.

Esta sentencia definitiva del Juzgado Quinto de Distrito del Estado, es de aplicación obligatoria e inmediata. Al respecto, resulta conveniente puntualizar que el artículo Artículo 267 de la Ley de Amparo vigente señala que: “Se impondrá pena de cinco a diez años de prisión, multa de cien a mil días, en su caso destitución e inhabilitación de cinco a diez años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos a la autoridad que dolosamente:

I. Incumpla una sentencia de amparo o no la haga cumplir;
II. II. Repita el acto reclamado; (…) ”